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Por fin te has decidido a comprar tu casa en España pero tienes dudas sobre cuáles son los pasos a seguir para formalizar la compra siendo extranjero. No te preocupes, en este post encontrarás toda la información que tienes que tener en cuenta para que esa casa con la que sueñas finalmente sea tuya.
En primer lugar haremos una distinción teniendo en cuenta si la compra de la vivienda se hace por parte de una persona física o jurídica.
Personas físicas de países comunitarios:
Personas físicas de países no comunitarios:
Para las personas físicas de países no comunitarios los requerimientos son los mismos, y además deberán contar con el permiso militar.
Dicho permiso es necesario para los inmuebles ubicados en la zona de Orihuela Costa. Para su tramitación es necesario aportar:
Personas jurídicas de países comunitarios:
Al igual que en el caso de las personas físicas de países no comunitarios, las personas jurídicas de países no comunitarias deben solicitar el permiso militar en caso de que la vivienda esté en Orihuela Costa.
Una vez que hayas cumplido con todas estas obligaciones y necesidades llegará el momento, previa firma del contrato de arras, de la firma del contrato de compraventa, que supone la prestación formal del consentimiento por ambas partes, se convendrán las formas de pago y fechas de entrega de la vivienda y se procederá a la constitución de la hipoteca y firma de la escritura.
Finalmente, solo quedará un paso, el más deseado, ¡La entrega de llaves! El momento de disfrutar de tu nueva casa TM.